Nacionales – La Anmat prohibió un test de covid, un aceite de girasol y productos médicos
Redacción: Agustín Lima
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un test rápido de COVID-19, un aparato de electrodos y un aceite de girasol.
En la Disposición 8209/2021, la administración se refirió a las restricciones sobre el “test rápido Covid-19 IgG/IgM (incluye solución Bufer), fabricado por Hangzhou Immuno Biotech Co Ltd., China. Director Técnico: Farm. Natalia Vanina Panzero M.N. 16.281/202006t02 / Autorizado por el Anmat; M.S. Y A.S. / X Unidad”.
Según explicaron desde esta entidad, la medida surgió a partir de una denuncia contra este producto, “el cual no cuenta con datos de registro, importador, lote y vencimiento entre otra información”.
En segundo lugar, la Anmat prohibió de los siguientes productos médicos: electrodo para estimulación endocárdica (Tendril STS, Lote P000093003, Serie n° CPA833412); electrodo para estimulación endocárdica (Tendril STS, Lote A000107077, Serie n° CAW360540); introductor de catéter (Peel Away Lote 7737533, serie n° SJ00025160); introductor de catéter (Peel Away Lote 7737533, serie n° SJ00024989); marcapasos cardiaco implantable (Endurity Core Lote P000106971, serie n° 9748686).
La denuncia comenzó cuando ignorados sustrajeron un marcapasos y accesorios vinculados a este, mientras estaban siendo trasladados a un hospital de la localidad de José C. Paz, provincia de Buenos Aires.
Por último, mediante la Disposición 8213/2021, la Anmat prohibió un aceite de girasol “marca Óleos, RNE N° 02-032427, RNPA N° 21-02504972″.
Dicho producto “carece de autorización de establecimiento y de producto, y está falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de Registro Nacional de Establecimientos (RNE) que se encuentra vencido y de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) inexistente, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.
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