En el primer caso, su fabricante no estaba habilitado; mientras que en el segundo, se desconocía su paradero y condiciones de calidad, dado que fueron robados.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de una faja lumbar y una serie de productos médicos, con el fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios.
A partir de la Disposición 1079/2023, publicada este jueves en el Boletín Oficial con la firma del titular del ente estatal, Manuel Limeres, se determinó la ilegalidad del producto faja sacro y dorso lumbar rotulado como “Faja con Ballenas Capoflex”.
Una comisión inspectora de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DVPS) se presentó en la sede de la firma “Ortopedia Cordero e hijos”, en la ciudad de Mendoza, con el fin de realizar un control de productos médicos y halló la faja mencionada, que no poseía datos del fabricante/importador, lote, ni tampoco fecha de vencimiento.
El responsable del establecimiento informó que compró el producto directamente a su fabricante, Capoflex S.R.L. Inspectores de la DVPS se presentaron en el local cuya dirección aparecía en la factura de compra, en José León Suárez, provincia de Buenos Aires, pero ante la falta de respuesta a los llamados al domicilio, no se pudo realizar la inspección programada.
Anmat comunicó que, de todas formas, no figura ningún antecedente de habilitación de la firma Capoflex y, aún así, el producto “Faja Sacro y Dorso Lumbar” se encuentra a la venta en su plataforma de venta online, por lo que el organismo entiende que la empresa “fabricó y comercializó con destino al tránsito interjurisdiccional un producto médico sin registro”.
Una serie de productos médicos robados que podrían haber sido alterados
Por otra parte, ante la notificación de la empresa importadora Tecnoimagen Sociedad Anónima, que cuenta con todas las habilitaciones correspondientes de Anmat, de que había sufrido un robo de un producto, el organismo prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país del equipo, junto con sus accesorios, con sus respectivos números de serie.
Según la Disposición 1080/2023, se trata de un ecógrafo portátil, marca Sonosite, y sus accesorios: “Ecógrafo M – Turbo – N/S: WK25QM», «Pack de batería N/S: 0387”, “Mini dock – N/S: WK254B”, “Fuente de alimentación N/S: 101063”, “Transductor C60X – N/S: 03W727”, “Transductor P21/5– 1MHz – N/S: 03XX08”, “Transductor L38XI/10-5MHz – N/S: 03W1LF”, todos de la misma marca.
El producto se encuentra indicado y autorizado para la ecografía general, ecocardiografía y doppler; por ello, es de uso exclusivo de profesionales en instituciones sanitarias. Al haber sido robados, se desconoce el estado y condición de estos productos individualizados, ya que “han quedado fuera del control y trazabilidad de la firma titular”. En tanto, se determinó su prohibición.
Fuente: Página 12