El rótulo del producto decía que era elaborado y fraccionado en Traslasierra, Córdoba
La Anmat prohibió este jueves 16 de noviembre la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de una marca de aceite de oliva. Las autoridades precisaron que el producto carecía de los registros correspondientes y estaba falsamente rotulado. La medida fue oficializada mediante la publicación de un decreto en la última actualización del Boletín Oficial.
La investigación fue iniciada por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) a partir de reclamos de particulares sobre el aceite extra virgen marca «Olivos Serrano». Tras las consultas pertinentes, el organismo determinó que los registros de establecimiento y producto eran «inexistentes».
No contar con los datos de fabricación representa «un riesgo para la salud de la población«, debido a que no se puede garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los cosméticos, indicaron las autoridades.
De esta manera, los productos de la marca «Olivos Serrano» -en todas sus presentaciones- deben salir del mercado por hallarse en infracción al Código Alimentario Argentino, aseguraron desde la Anmat mediante la Disposición 9731/2023.
En los considerando de la norma, que llevó la firma del director de la Anmat, Manuel Limeres, se detalló que al desconocer las condiciones de manufactura no se puede precisar si los productos fueron elaborados con ingredientes permitidos y bajo las concentraciones establecidas por la normativa vigente.
Fuente: Página 12