La justicia en lo contencioso administrativa de La Plata declaró ayer la nulidad de la resolución del ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense que autorizó el aumento en las tarifas de luz para los prestadores de ese servicio en territorio bonaerense.
La medida, adelantada por DIB el viernes pasado, la adoptó el juez Luis Federico Arias y afecta a las empresas EDELAP (La Plata y región), EDES (sur bonaerense), EDEA (costa atlántica), EDEN (norte de la provincia) y las alrededor de 2000 cooperativas que dan el servicio en el interior, que no podrán cobrar el aumento.
Esas empresas “deberán abstenerse de emitir nuevas facturas con aumentos y devolver a los usuarios, en las futuras facturaciones, los importes percibidos como consecuencia del cuadro tarifario que se anula”, explicó el magistrado, quien a su vez especificó que su decisión no afecta la aplicación de la tarifa social para este servicio.
Aquí el fallo: