La Cámara de Apelaciones rechazó el requerimiento de libertad presentado por los abogados de los cinco efectivos involucrados y el juez César Solazzi no hizo lugar al cuestionamiento al fiscal Nelson Mastorchio.
Los abogados defensores de los policías procesados por la presunta responsabilidad en la muerte de siete jóvenes en los calabozos de la Comisaría Primera sufrieron dos reveses judiciales; porque la Cámara de Apelaciones rechazó el pedido de excarcelación y el juez de la causa descartó el cuestionamiento al fiscal Nelson Mastorchio como jefe de la investigación judicial por el episodio.
El viernes la Cámara de Apelaciones en lo Penal, con la firma de los camaristas Martín Morales; Mónica Guridi y Gabriela Jure se dio a conocer a las partes la resolución de no hacer lugar al beneficio de la excarcelación y todavía falta resolver el requerimiento de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario o monitoreo electrónico.
En tanto, desde el Juzgado de Garantías N° 1 despacharon la respuesta al incidente interpuesto por los abogados defensores que cuestionaron al fiscal Nelson Mastorchio.
Los abogados Miguel A. Arzagot y Jorge Ingrata pusieron en dudas la independencia y la imparcialidad de la investigación judicial al existir dos actas de lo ocurrido: una confeccionada por la fiscalía y otra por la policía. En ésta última registran el horario de ingreso de un instructor judicial de la UFIyJ N° 3 a las 18:43.
En las actuaciones judiciales, por el contrario, el arribo del auxiliar letrado es a minutos después de las 19:00 de ese fatídico jueves 2 de marzo. El horario es determinante porque en uno de los momentos se estaría desatando el incendio en la celda 1 que terminó con la vida de siete jóvenes que se encontraban allí alojados y más tarde todo ya había pasado.
En definitiva, el juez se ajusta a los elementos de prueba que existen en la causa, donde el único cuestionamiento queda desestimado por los horarios arrojados por dispositivos urbanos de seguridad, en la zona cercana al siniestro fatal.
Para el juez César Solazzi esa diferencia de las actas se contrasta con las imágenes de las cámaras de seguridad urbana ubicadas cerca de la dependencia policial que registran el paso del vehículo del funcionario judicial a las 18:55.
En la conclusión de la Resolución el titular del Juzgado de Garantías N° 1 consideró: «Que el Fiscal en su carácter de director de la investigación ha actuado objetivamente ante la hipótesis de investigación en primer momento realizando las diligencias tendientes a verificar los hechos acontecidos y también lo ha hecho objetivamente en relación a los imputados asegurando el derecho de defensa y proveyendo haciendo lugar a las presentaciones de la defensa en tiempo y forma».
Así: no hizo lugar a la recusación del fiscal Mastorchio presentada por los abogados Arzagot e Ingrata.
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