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Los supermercados deberán prestar un mínimo de 13 horas de atención al público

Los que no lo cumplan serán sancionados. 

El Gobierno nacional estableció que los supermercados deberán implementar un horario de atención al público de al menos 13 horas por día. 

La resolución 101/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada en el Boletín Oficial, fijó el cumplimiento obligatorio para supermercados, supertiendas; autoservicios de productos alimenticios y no alimenticios; cadenas de negocios minoristas; organizaciones mayoristas de abastecimientos; tipificadores empacadores de productos perecederos; y centros de compras. 

También tendrán que señalizar los lugares de espera, de manera de mantener una distancia de un metro y medio entre cliente y cliente, sea tanto en línea de caja o donde los consumidores deban formar fila de espera para ser atendidos. 

Por último, la resolución remarcó que los incumplimientos a la presente norma serán sancionados, y precisó que la vigencia de la normativa será por un período de 30 días corridos, el cual podrá ser prorrogado en caso de necesidad. 

 

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