– ¿Cuál es la situación que están viviendo los propietarios de campos que son atravesados por la nueva traza de la autovía?
En principio, aclaro que me encuentro patrocinando a uno de los propietarios de los campos afectados por el trazado de la nueva autopista, quizás la familia más afectada por esta situación, ya que el campo de su propiedad queda prácticamente divido al medio, es decir, se le expropian aproximadamente diez hectáreas, quedando las restantes porciones de tierra prácticamente incomunicadas. Más allá de los inconvenientes propios de esta situación, mis clientes comprendieron desde un primer momento que se trataba de una cuestión de utilidad pública y que no tenía sentido oponerse, ya que serian expropiados de todos modos. A mediados de 2013 son contactados por representantes de vialidad nacional, quienes vienen con la intención de negociar, a los efectos de lograr la firma de convenios de adquisición directa, con el objeto evitar la vía judicial.
– ¿Qué promesas hizo Vialidad Nacional en el momento de expropiar las tierras?
Vialidad nacional, a través de sus representantes, ofrece firmar un convenio de adquisición directa, en el cual se pacta un precio (que arbitrariamente dispone el estado) con más un diez por ciento del valor establecido conforme lo dispone el artículo 13 de la ley 21.449 , el cual comprende una especie de compensación “por todo concepto”. Bajo los términos de la ley citada, se procede a firmar (en nuestro caso el 18/10/2013) un convenio de adquisición directa. El mismo fue firmado ante escribano público en la ciudad de Pergamino.
– ¿Cumplieron con lo establecido al momento de hablar con los propietarios?
Por supuesto no cumplieron. Suscripto el documento mencionado, el estado se comprometía en una de sus clausulas a realizar el pago acordado dentro de los 90 días de firmado el respectivo acuerdo. Es decir, mis representados deberían haber recibido su pago indemnizatorio el dia 18 de enero de este año. Cuestión que obviamente no sucedió, y que es al dia de la fecha que Vialidad Nacional no ha emitido el pago. Desde ya, queda claro que estamos frente a una situación que representa una gravedad institucional muy importante y por ende alarmante. El estado una vez más tomo compromisos que de antemano sabía que no podía afrontar. Debido a la desconfianza que generan este tipo de maniobras, es que al momento de firmar el convenio decidimos con mis clientes no otorgar permiso de uso hasta tanto no esté emitido el pago en las condiciones pactadas. Por lo que, según lo pactado, el estado hasta tanto no realice el pago, no podrá avanzar con la obra, al menos en el trazado que corresponde a las tierras de mis representados. En otros casos, tenemos entendido que ha habido vecinos, que otorgaron permiso de uso al momento de suscribir el convenio, y lamentablemente en esos casos, el estado, aun sin abonar la indemnización podría comenzar con sus tareas.
– ¿Conocen de situaciones similares en otros lugares?
Particularmente en Pergamino y la zona, la situación es similar para todos los vecinos, ya que ninguno ha recibido el pago aun. No tengo conocimiento en otras localidades.
– ¿Cómo está la causa en estos días, qué sucedió y cuáles fueron las respuestas que tuvieron al reclamar?
Vencido los plazos para el pago, se comenzó a intimar a vialidad nacional mediante carta documento intimando al cumplimiento de lo convenido. Se intimo en varias oportunidades por la misma vía, recibiendo como respuesta que el expediente se encontraba transitando el circuito administrativo correspondiente para su “oportuno pago”, paradójicamente su oportuno pago debió haber sido realizado en el mes de enero. Mas allá de los innumerables reclamos vía carta documento, vía telefónica etc. Las respuestas siempre evasivas y tendientes a dilatar el asunto sin al menos dar una fecha concreta de pago. Desde ya, esta demás remarcar los prejuicios económicos sufridos por los vecinos, ya que el valor fijado por el estado en octubre de 2013 nada tiene que ver con los valores que se estarían manejando en este momento, cuestión que es publico conocimiento y no resiste el más mínimo análisis. Además de ello, en el caso particular de mis clientes, no fue un tema menor la pérdida económica sufrida al tener que modificar los términos del alquiler de su campo. Ya que el productor se encuentra con menos hectáreas que las acordadas.
A modo de síntesis, la expropiación por causa de utilidad pública es una facultad indiscutible que tiene el estado, facultad que utilizada con buen tino beneficia a toda la comunidad, pero también es incuestionable que el estado no puede violar tan libremente uno de los derechos más importantes y fundamentales que otorga nuestra constitución, como lo es el derecho de propiedad.
Diego Saranitte Abogado.-