Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial.
Redacción: Agustín Lima
El pasado fin de semana, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de un alcohol en gel, un suplemento dietario, un aceite de oliva y otro de girasol.
En la Disposición 7386/2020, ANMAT prohibió la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto “Suplemento dietario a base de Pueraria Mirifica, marca: Donna- Busty Blend, elaborado por Health Nature Co. J. Ltd”.
Estos, “contienen ingredientes no autorizados para suplementos dietarios, resultando un producto ilegal”.
Luego, en la Disposición 7387/2020, se estableció negar la venta en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta digitales del producto rotulado como “Aceite de girasol marca: El Entrerriano, RNPA 02-571050, RNE 02-033960″.
Tal como explicaron desde la institución, este es un producto “falsamente rotulado al consignar registros de producto y establecimiento de otro alimento”. Por lo tanto, se lo considera como un producto ilegal.
Por otra parte, en la Disposición 7394/2020, se fijó la prohibición de “Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Olivos del Alma, Establ. N° 13431962 Prov. de La Rioja RNE 2212-162854-29 RNPA 2212-2042-44 por carecer de registros de producto y establecimiento, por estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal”.
Por último, la Disposición 4758/2020 dispuso dejar “sin efecto” la prohibición de uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional, de todos los lotes y todas las presentaciones y contenidos netos, de los productos rotulados como “EL COLOSO Alcohol etílico 96º y EL COLOSO Alcohol en gel”.
Sin embargo, se prohibió la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y todas las presentaciones y contenidos netos del producto “Alcohol en Gel rotulado como EL COLOSO Alcohol etílico 96º cuya consistencia es gel».