Nacionales – Anmat ordenó el retiro de un medicamento anestésico de todas las farmacias

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Tras un rastreo del producto, se confirmó su falta de etiquetas y se definió la prohibición de su uso y distribución

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de un medicamento anestésico, comúnmente utilizado para tratar las patologías relacionadas al sueño y descanso. Asimismo otros fármacos de la misma marca fueron suspendidos.

La medida fue tomada a partir de una notificación recibida sobre la sospecha de estar ante un producto ilegítimo o falsificado, en tanto este fue presentado sin la correspondiente etiqueta de trazabilidad. Luego, saltaron a la vista irregularidades en otros lotes y productos.

Productos prohibidos por Anmat

Los productos recientemente prohibidos por Anmat son:

  • Propofol HLB, propofol 10 mg/ml emulsión inyectable IV, lote 31106, vto. mar/2026 – 100 ampollas de 10 ml, Cert. N° 43.900.
  • Propofol HLB, propofol 10 mg/ml emulsión inyectable IV, lotes 60001 y 60002 vto. 30/09/2026, 50 frasco ampolla de 20 ml, Cert. N° 43.900.

Asimismo, el organismo ordenó a la firma HLB PHARMA GROUP S.A. (CUIT N° 30-70857859-9) el retiro del mercado de todos los lotes del producto “Propofol HLB, propofol” elaborado bajo el Certificado N° 43.900. En consecuencia, se deberá presentar ante el Departamento de Vigilancia Post Comercialización y Acciones Reguladoras del Instituto Nacional de Medicamentos la documentación respaldatoria.

Además, debido a la inadecuada situación registral, otros productos de la misma marca fueron incorporados a las medidas preventivas, como “Propofol HLB, propofol 10 mg/ml emulsión inyectable IV, lote 31106, vto. mar/2026 – 100 ampollas de 10 ml, Cert. N° 43.900” y los lotes 60001 y 60002 vto. 30/09/2026 para el producto «Propofol HLB, propofol 10 mg/ml emulsión inyectable IV, 50 frasco ampolla de 20 ml, Cert. N° 43.900”.

Cuál fue la medida de Anmat

Debido a la falta de registros, Anmat prohibió la comercialización de los productos tanto en locales físicos como en tiendas virtuales. La medida quedó asentada en la Disposición 2464/2025 del Boletín Oficial.

La falta de registros por parte de estos productos torna imposible para Anmat poder determinar con precisión sus condiciones de trazabilidad. Por este motivo, para cuidar a los ciudadanos, fue preciso retirarlo del mercado y considerarlo un producto ilegal.

Fuente: La Capital

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