Provincia: suspenden por un año los desalojos en villas y asentamientos
La norma promulgada modifica parcialmente la Ley de Acceso Justo al Hábitat, que rige desde el año 2012, y suspende preventivamente “el lanzamiento de las personas y/o familiares que habitan en las villas o asentamientos precarios inscriptos en el Registro Público de Villas y Asentamientos”, creado por la misma ley.
Concretamente, el artículo modificado es el 70, que establecía la posibilidad de que la Legislatura suspendiera los desalojos, algo que según el Ejecutivo resultaba “poco práctica y no operativa”.
El proyecto aclara que “quedan exceptuados de la suspensión los lanzamientos que estuviesen fundados en la existencia de un peligro real e inminente para la seguridad e integridad física de las personas, basado en factores socio-sanitarios, ambientales y/o en un riesgo de derrumbe”.
Para esos casos, se dispuso que “se deberá proceder a la relocalización de las personas, promoviéndose una solución habitacional definitiva para las personas y/o familias afectadas a través de los distintos instrumentos previstos en la ley”.
Por último, la modificación incluye cambios en dos artículos del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia sobre las órdenes emanadas por los jueces para los desalojos y las restituciones provisorias o definitivas de inmuebles a damnificados.
Fuente: DIB