Testeos, traslados y aislamiento: punto por punto, las nuevas exigencias a los residentes argentinos que regresen al país
Todos los gastos necesarios correrán por cuenta del pasajero, que deberá someterse a varias pruebas de coronavirus.
A partir de la aparición de nuevas cepas del coronavirus, y ante la posibilidad de la llegada de una segunda ola de contagios, se suspendieron todos los vuelos procedentes de Brasil, Chile y México que lleguen a la Argentina a partir del lunes próximo.
Así lo estableció la Decisión Administrativa 268/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial y firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti. Allí se detalló que solo se permitirá el arribo de los aviones “necesarios para el regreso de las personas nacionales y extranjeras residentes que se encuentren en los destinos indicados”.
Sin embargo, será el Ministerio de Transporte el que definirá la forma en la que regresarán: se adelantó que será de manera “gradual” y “según las capacidades operativas de los pasos internacionales habilitados”.
Por otro lado, en la Decisión Administrativa también se precisó cuáles son las condiciones que deberán cumplir desde el sábado todos aquellos que ingresen al territorio nacional.
En este sentido, las personas que entren al país deberán cumplir, además de todos los protocolos que ya se encontraban vigentes desde que se decretó la emergencia sanitaria por el COVID-19, una serie de medidas adicionales para extremar los cuidados.
Entre otras cuestiones, los pasajeros estarán obligados a someterse a dos “pruebas para SARS-CoV-2″, una “al arribo al país y otra al séptimo día del ingreso”, y además tendrán que hacerse cargo del “costo de ambas”.
Quienes resulten negativo en el primero de esos tests van a tener que cumplir un aislamiento “por el término de 7 días desde la toma de la muestra”, pero podrán hacerlo “en los respectivos domicilios denunciados a tal fin en su declaración jurada de ingreso al país”.
Por el contrario, a quienes den positivo se les exigirá la realización “a continuación” de un PCR “para su secuenciación genómica, según indicación del Laboratorio Nacional de Referencia”.
Asimismo, tanto esta persona como sus “contactos estrechos” serán derivados para “cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado seguro hasta su localidad de residencia, si correspondiera”. La estadía en estos sitios también estará a cargo del ciudadano argentino o extranjero residente que ingresa al país.
En caso de que el pasajero de negativo en la primera prueba de detección del coronavirus, pero resulte ser positivo cuando se le realiza la segunda, a los 7 días de haber llegado, será responsable de pagar el testeo de secuenciación genómica, mientras que el Gobierno hará un “inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero o esa viajera”.
El Ministerio de Salud será quien realice el “control del aislamiento y seguimiento de los casos positivos, de sus contactos estrechos y de los casos negativos que arriben a cada provincia y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” y quien “emitirá las recomendaciones para su implementación”.
En caso de verificarse el incumplimiento de la cuarentena por parte de los que lleguen al país, las autoridades deberán radicar una denuncia penal de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal (por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública).
Por último, en lo que respecta a los viajes de egresados internacionales, el Poder Ejecutivo anunció mediante esta Decisión Administrativa que a partir de este mismo sábado las empresas que presten este servicio deberán primero comunicarse con el Ministerio de Turismo para informarle sobre el protocolo sanitario que se implementará, y que tendrá que contemplar los controles que requiera la autoridad sanitaria nacional.
De esta manera, para poder llevar adelante estas excursiones será necesario incluir los test PCR y las certificaciones del centro de testeo del lugar de destino en el exterior, emitidos por la autoridad sanitaria de ese país.
Por esta razón, quedan “suspendidos los servicios ofrecidos hasta tanto se realicen las autorizaciones y validaciones respectivas, se apruebe el correspondiente protocolo sanitario y los destinos estén autorizados para la operación de transporte internacional de pasajeros y pasajeras”.
Fuente: INFOBAE